Actualizado en enero de 2025

Empieza un nuevo año e iniciamos la temporada de presentación de los Informes Anuales del Consejero de Seguridad exigidos por la normativa ADR. Si no sabes de qué estamos hablando, te invitamos a que conozcas qué es y cómo debes rellenar el Informe Anual del Consejero de Seguridad, donde encontrarás la información más importante sobre el Informe Anual del Consejero de Seguridad, quién debe presentarlo y qué contenidos se deben presentar sobre este Informe Anual.

¿Quién y cuándo debe presentar el Informe Anual del Consejero de Seguridad?

Todas las empresas que realizan operaciones de expedición, carga, llenado, embalado, descarga y/o transporte de mercancías peligrosas (salvo que trabajen siempre en condiciones de las exenciones), tienen la obligación de presentar ante la administración competente los datos operativos del año anterior del informe anual a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas.

El Informe Anual debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo

Si aún tienes dudas para identificar los datos de tus mercancías peligrosas para este Informe Anual o tienes problemas para cumplimentar este informe en tu empresa, puedes rellenar el siguiente formulario de LOCIS ADR y te ayudaremos para cumplir este requerimiento del ADR.

Sabemos que hay tiempo suficiente para cumplir los requisitos de la normativa ADR a este respecto. Sin embargo, nuestra recomendación es no despistarnos. El tiempo pasa rápido y es necesario recopilar información variada de la empresa.

La normativa del ADR establece la obligación de presentar el Informe Anual en el primer trimestre del año

Recordemos que la redacción de los Informes Anuales recae en la figura del Consejero de Seguridad. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 28 del RD 97/2014, son las empresas quienes tienen la obligación de presentar durante el primer trimestre del año este Informe Anual del Consejero de Seguridad a las autoridades competentes.

No obstante, en LOCIS ADR ofrecemos un Servicio Integral de Consejero de Seguridad donde ejecutamos todo el proceso para cumplimentar y presentar el Informe Anual

Baremo sancionador

La administración competente asigna sanciones en caso de incumplimientos sobre la presentación del informe anual:

CONCEPTO CUANTÍA RESPONSABLE
Incumplir la obligación de remitir a las autoridades competentes el informe anual. 801 € Empresas obligadas a tener consejero de seguridad
Remitir, fuera de plazo, a las autoridades competentes, el informe anual. 301 € Empresas obligadas a tener consejero de seguridad
No incluir en los informes anuales alguno de los datos exigibles por la normativa vigente. 301 € Empresas obligadas a tener consejero de seguridad
No conservar la empresa los informes anuales durante el plazo legalmente establecido, no habiéndose remitido a los órganos competentes. 801 € Empresa de quien dependan los trabajadores
No conservar las empresas los informes anuales durante el plazo reglamentario establecido, siempre que se hubieran remitido a los órganos competentes. 301 € Empresas obligadas a tener consejero de seguridad

LOCIS ADR, más de 15 años de experiencia como Consejeros de Seguridad de ADR

Si trabajas con mercancías peligrosas estarás familiarizado con esta información. Sin embargo, es fácil que las dudas surjan, la normativa ADR es muy extensa y no siempre es fácil de interpretar. Si necesitas ayuda relacionada con esta norma y sus requerimientos, puedes contar con los técnicos de LOCIS ADR y preguntarnos sin ningún compromiso. ¡Llámanos al 985 308 905!